ARCA estableció que a partir del 1ro de Junio, los monotributistas que realicen actividades que impliquen el traslado de productos deberán generar los remitos de manera digital cada vez que distribuyan o entreguen bienes muebles
La Resolución General 5678/2025 estableció que los monotributistas que realicen actividades que impliquen el traslado de productos deberán generar los remitos de manera digital cada vez que distribuyan o entreguen bienes muebles, a partir del 01-06-2025. El remito se vincula automáticamente con la factura correspondiente. No obstante, durante todo el traslado es obligatorio que el remito esté disponible para su exhibición.
El nuevo sistema aplica a todas las categorías de monotributo. En caso de no cumplir con esta obligación, puede derivar en multas, retención de mercadería y otras sanciones severas.
A su vez, se eliminaron algunos requisitos formales en los comprobantes digitales: ya no será obligatorio consignar las leyendas "ORIGINAL" y "DUPLICADO", ni respetar medidas específicas de impresión, como los 15 cm por 20 cm que ahora se exigen en los remitos físicos.
Además, los remitos digitales deben contener: fecha de emisión, datos del emisor (CUIT, nombre o razón social, domicilio), datos del receptor, detalle de los productos (cantidad y descripción), lugar de salida y destino, número de remito y el correspondiente CAI (Código de Autorización de Impresión).
Paso a paso para emitir un remito digital ARCA