22-09-2025
Beneficio para Monotributistas
Los monotributistas están exentos del impuesto a los débitos y créditos en sus cuentas (inclusive de pago)
Para hacer uso de dicho beneficio, deben inscribirse en el “Registro de Beneficios Fiscales en el Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y otras Operatorias”.
La solicitud de inscripción se efectuará ingresando en www.arca.gob.ar, al servicio con clave fiscal -nivel de seguridad 3- “Beneficios Fiscales en el Impuesto sobre los Débitos y Créditos en Cuentas Bancarias” y completando los datos requeridos por el sistema: número de CBU o CVU y N° de beneficio solicitado. En este caso es el número 4: "Débitos y Créditos en cuenta corriente cuando se trate de Sujetos inscriptos en el Régimen Simplificado - Monotributo."
Una vez ingresados los datos requeridos por el sistema se efectuará una serie de controles en base a la información existente en sus bases de datos y a la situación fiscal declarada por el contribuyente.