{"id":66,"date":"2016-03-03T20:25:05","date_gmt":"2016-03-03T23:25:05","guid":{"rendered":"http:\/\/www.rpa-consulting.com\/novedades\/?p=66"},"modified":"2016-03-03T22:51:09","modified_gmt":"2016-03-04T01:51:10","slug":"procedimiento-fiscal-regimen-de-facilidades-de-pago-permanente","status":"publish","type":"post","link":"http:\/\/www.rpa-consulting.com\/novedades\/procedimiento-fiscal-regimen-de-facilidades-de-pago-permanente\/","title":{"rendered":"PROCEDIMIENTO FISCAL. R\u00c9GIMEN DE FACILIDADES DE PAGO PERMANENTE"},"content":{"rendered":"<p>Mediante la <a href=\"http:\/\/www.afip.gob.ar\/genericos\/novedades\/planFinanciacion06022016.asp\">RG 3827<\/a> de AFIP Se establece un r\u00e9gimen de facilidades de pago permanente a partir del 10\/2\/2016, cuyas principales caracter\u00edsticas son las siguientes:<br \/>\n&#8211; Se podr\u00e1n incluir:<br \/>\n* Obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social, sus intereses, actualizaciones y multas, vencidas a la fecha de la presentaci\u00f3n del presente plan de pagos.<br \/>\n* Multas impuestas, cargos suplementarios por tributos a la importaci\u00f3n o exportaci\u00f3n y liquidaciones de los citados tributos, as\u00ed como sus intereses y actualizaciones.<br \/>\n* Saldos pendientes por obligaciones incluidas en planes de facilidades de pago anteriores que se encuentren caducos.<br \/>\n* Aportes personales de los trabajadores aut\u00f3nomos.<br \/>\n* Aportes personales de los trabajadores en relaci\u00f3n de dependencia con destino al SIPA y al INSSJP.<br \/>\n* El impuesto integrado y el componente previsional correspondiente a los sujetos adheridos al Monotributo.<br \/>\n* Los ajustes resultantes de la actividad fiscalizadora de la AFIP, siempre que se encuentren conformados por el responsable y registrados en los sistemas del Organismo.<br \/>\n* Las deudas en discusi\u00f3n administrativa, contencioso-administrativa o judicial, as\u00ed como en ejecuci\u00f3n judicial.<br \/>\n* Las retenciones y percepciones impositivas incluidas en ajustes de inspecci\u00f3n conformadas por el responsable y registradas en los sistemas del Organismo.<br \/>\n* El impuesto que recae sobre salidas no documentadas -art. 37, LIG-.<br \/>\n* Los intereses y dem\u00e1s accesorios adeudados correspondientes a retenciones, percepciones y anticipos y\/o pagos a cuenta que se hayan cancelado hasta la fecha de adhesi\u00f3n al presente plan.<\/p>\n<p><!--more--> &#8211; El presente r\u00e9gimen de facilidades no prev\u00e9 reducciones de intereses ni liberaci\u00f3n de sanciones.<br \/>\n&#8211; Acogimiento: para acogerse al plan se deber\u00e1 consolidar la deuda a la fecha de adhesi\u00f3n, adherir al \u00abDomicilio Fiscal Electr\u00f3nico\u00bb, remitir a la AFIP mediante transferencia electr\u00f3nica de datos la informaci\u00f3n solicitada ingresando al servicio \u00abMis Facilidades\u00bb, opci\u00f3n \u00abRG 3827 &#8211; Plan de Financiaci\u00f3n Permanente\u00bb, y generar el formulario de declaraci\u00f3n jurada 1003. Previamente a la remisi\u00f3n de dicho formulario se requerir\u00e1 un c\u00f3digo de verificaci\u00f3n, el cual ser\u00e1 enviado por la AFIP a trav\u00e9s del servicio de mensajer\u00eda de texto \u00abSMS\u00bb y mediante correo electr\u00f3nico a la persona autorizada. Luego, se enviar\u00e1 la declaraci\u00f3n jurada y se deber\u00e1 imprimir el acuse de presentaci\u00f3n correspondiente.<br \/>\n&#8211; Los planes no podr\u00e1n superar las:<br \/>\n* 3 cuotas para aportes de trabajadores en relaci\u00f3n de dependencia,<br \/>\n* 6 cuotas para obligaciones impositivas y de seguridad social, excepto aportes,<br \/>\n* 20 cuotas para obligaciones por aut\u00f3nomos y monotributo, y<br \/>\n* 24 cuotas para deuda por ajustes de inspecci\u00f3n.<br \/>\n&#8211; Las cuotas ser\u00e1n mensuales, iguales y consecutivas; el monto de cada cuota deber\u00e1 ser igual o superior a $ 500 para planes de aut\u00f3nomos y monotributo e igual o superior a $ 1.000 para el resto de los planes.<br \/>\n&#8211; Inter\u00e9s: la tasa de inter\u00e9s aplicable variar\u00e1 seg\u00fan la fecha de adhesi\u00f3n al presente plan de facilidades. Asimismo, se\u00f1alamos que la tasa de financiaci\u00f3n se actualizar\u00e1 mensualmente, tomando como referencia la TNA del Banco Naci\u00f3n para los plazos fijos a 180 d\u00edas, publicada los d\u00edas 20 de cada mes, y se le sumar\u00e1n 2 puntos para contribuyentes que tengan un monto de ingresos anuales de hasta $ 91.000.000 y 6 puntos para aquellos contribuyentes que superen dicho monto de ingresos anuales.<br \/>\nAsimismo, para los planes que se consoliden a partir del 1\/7\/2016, la AFIP establecer\u00e1 tasas de inter\u00e9s diferenciales teniendo en cuenta el grado de cumplimiento de las obligaciones, as\u00ed como la frecuencia y magnitud de las obligaciones comprendidas en planes de facilidades de pago presentados.<br \/>\n&#8211; Vencimiento de las cuotas: las cuotas vencer\u00e1n los d\u00edas 16 de cada mes a partir del mes inmediato siguiente a aquel en que se consolide la deuda y se formalice la adhesi\u00f3n correspondiente; si no se hubiera satisfecho su d\u00e9bito, se intentar\u00e1 un nuevo d\u00e9bito directo el d\u00eda 26 del mismo mes, sin perjuicio de que las fechas de vencimiento de las cuotas sean modificadas por el calendario de vencimientos que anualmente establece la AFIP.<br \/>\n&#8211; Ser\u00e1 condici\u00f3n excluyente para adherir al presente plan que todas las declaraciones juradas determinativas e informativas de las obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social que se pretenden financiar se encuentren presentadas hasta la fecha de adhesi\u00f3n al r\u00e9gimen.<br \/>\n&#8211; Caducidad: la caducidad del plan de facilidades de pago operar\u00e1 de pleno derecho y sin necesidad de que medie intervenci\u00f3n alguna por parte de la AFIP cuando se produzca la falta de cancelaci\u00f3n de 2 o 3 cuotas consecutivas o alternadas, seg\u00fan la cantidad de cuotas del plan de facilidades al que se haya adherido. Operada la caducidad, se pondr\u00e1 en conocimiento al contribuyente a trav\u00e9s de una comunicaci\u00f3n que se le cursar\u00e1 por el servicio \u00abe-Ventanilla\u00bb.<br \/>\nDestacamos que la cancelaci\u00f3n de las deudas en el presente plan de pagos habilita a los contribuyentes a obtener el certificado fiscal para contratar con los organismos de la Administraci\u00f3n Nacional, usufructuar el beneficio de reducci\u00f3n de las contribuciones patronales -D. 814\/2001-, considerar regularizado el importe relacionado con el r\u00e9gimen sancionatorio de la seguridad social -art. 26, RG (AFIP) 1566- y el levantamiento de la suspensi\u00f3n de los \u00abregistros Especiales Aduaneros\u00bb.<br \/>\nPor \u00faltimo, se\u00f1alamos que se dejan sin efecto el anterior plan de facilidades de pago permanente -RG (AFIP) 3516- y su posterior ampliaci\u00f3n -RG (AFIP) 3631-.<\/p>\n<p><strong>RESOLUCI\u00d3N GENERAL (Adm. Fed. Ingresos P\u00fablicos Nacional) 3827.\u00a0<\/strong><strong>BO (Nacional):<\/strong> 10\/02\/2016<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Mediante la RG 3827 de AFIP Se establece un r\u00e9gimen de facilidades de pago permanente a partir del 10\/2\/2016, cuyas principales caracter\u00edsticas son las siguientes: &#8211; Se podr\u00e1n incluir: * Obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social, sus intereses, actualizaciones y multas, vencidas a la fecha de la presentaci\u00f3n del presente plan [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[4],"tags":[],"class_list":["post-66","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-impuestos"],"_links":{"self":[{"href":"http:\/\/www.rpa-consulting.com\/novedades\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/66","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"http:\/\/www.rpa-consulting.com\/novedades\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"http:\/\/www.rpa-consulting.com\/novedades\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/www.rpa-consulting.com\/novedades\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/www.rpa-consulting.com\/novedades\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=66"}],"version-history":[{"count":1,"href":"http:\/\/www.rpa-consulting.com\/novedades\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/66\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":67,"href":"http:\/\/www.rpa-consulting.com\/novedades\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/66\/revisions\/67"}],"wp:attachment":[{"href":"http:\/\/www.rpa-consulting.com\/novedades\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=66"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"http:\/\/www.rpa-consulting.com\/novedades\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=66"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"http:\/\/www.rpa-consulting.com\/novedades\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=66"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}